viernes, 11 de septiembre de 2015

NORMATIVA EDUCATIVA - RELIGIÓN.

  Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Artículo 6 Currículo
1. A los efectos de lo dispuesto en esta Ley Orgánica, se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.
2. El currículo estará integrado por los siguientes elementos:
  • a) Los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.
  • b) Las competencias, o capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.
  • c) Los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias.
    Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participen los alumnos y alumnas.
  • d) La metodología didáctica, que comprende tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los docentes.
  • e) Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables.
  • f) Los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa.»

«Artículo 20 Evaluación durante la etapa
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.


«Artículo 23 bis Ciclos de Educación Secundaria Obligatoria
La etapa de Educación Secundaria Obligatoria se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.
El segundo ciclo o cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria tendrá un carácter fundamentalmente propedéutico.»


«Artículo 24 Organización del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria
1. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales en los cursos primero y segundo:
  • a) Biología y Geología en primer curso.
  • b) Física y Química en segundo curso.
  • c) Geografía e Historia en ambos cursos.
  • d) Lengua Castellana y Literatura en ambos cursos.
  • e) Matemáticas en ambos cursos.
  • f) Primera Lengua Extranjera en ambos cursos.
2. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales en el curso tercero:
  • a) Biología y Geología.
  • b) Física y Química.
  • c) Geografía e Historia.
  • d) Lengua Castellana y Literatura.
  • e) Primera Lengua Extranjera.
3. Como materia de opción, en el bloque de asignaturas troncales deberán cursar, bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas, o bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, de los alumnos y alumnas.
4. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos:
  • a) Educación Física.
  • b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumno o alumna.
  • c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y, máximo de cuatro, de las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas, que podrán ser diferentes en cada uno de los cursos:
    • 1.º Cultura Clásica.
    • 2.º Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
    • 3.º Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.
    • 4.º Música.
    • 5.º Segunda Lengua Extranjera.
    • 6.º Tecnología.
    • 7.º Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b).
    • 8.º Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b).


    «Artículo 25 Organización de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria
    1. Los padres, madres o tutores legales o, en su caso, los alumnos y alumnas podrán escoger cursar el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria por una de las dos siguientes opciones:
  • a) Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato.
  • b) Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional.
A estos efectos, no serán vinculantes las opciones cursadas en tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria.
2. En la opción de enseñanzas académicas, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Geografía e Historia.
  • b) Lengua Castellana y Literatura.
  • c) Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas.
  • d) Primera Lengua Extranjera.
3. En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas deben cursar al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
  • 1.º Biología y Geología.
  • 2.º Economía.
  • 3.º Física y Química.
  • 4.º Latín.
4. En la opción de enseñanzas aplicadas, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Geografía e Historia.
  • b) Lengua Castellana y Literatura.
  • c) Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas.
  • d) Primera Lengua Extranjera.
5. En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas deben cursar al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
  • 1.º Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional.
  • 2.º Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.
  • 3.º Tecnología.
6. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas:
  • a) Educación Física.
  • b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o en su caso del alumno o alumna.
  • c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y máximo de cuatro materias de las siguientes del bloque de asignaturas específicas:
    • 1.º Artes Escénicas y Danza.
    • 2.º Cultura Científica.
    • 3.º Cultura Clásica.
    • 4.º Educación Plástica, Visual y Audiovisual.
    • 5.º Filosofía.
    • 6.º Música.
    • 7.º Segunda Lengua Extranjera.
    • 8.º Tecnologías de la Información y la Comunicación.
    • 9.º Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o en su caso el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 6.b).
    • 10.º Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o en su caso el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 6.b).
    • 11.º Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna.

«Artículo 28 Evaluación y promoción
1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.
Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.
2. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo, atendiendo al logro de los objetivos y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.
Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.
De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:
  • a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas,
  • b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica,
  • c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.
Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo.


«Artículo 29 Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria
1. Al finalizar el cuarto curso, los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias:
  • a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales, salvo Biología y Geología y Física y Química, de las que el alumno o alumna será evaluado si las escoge entre las materias de opción, según se indica en el párrafo siguiente.
  • b) Dos de las materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cuarto curso.
  • c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos, que no sea Educación Física, Religión, o Valores Éticos.

«Artículo 34 bis Organización del primer curso de Bachillerato
1. En la modalidad de Ciencias, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Filosofía.
  • b) Lengua Castellana y Literatura I.
  • c) Matemáticas I.
  • d) Primera Lengua Extranjera I.
  • e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias más de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
    • 1.º Biología y Geología.
    • 2.º Dibujo Técnico I.
    • 3.º Física y Química.
2. En la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Filosofía.
  • b) Lengua Castellana y Literatura I.
  • c) Primera Lengua Extranjera I.
  • d) Para el itinerario de Humanidades, Latín I. Para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I.
  • e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales, organizadas, en su caso, en bloques que faciliten el tránsito a la educación superior:
    • 1.º Economía.
    • 2.º Griego I.
    • 3.º Historia del Mundo Contemporáneo.
    • 4.º Literatura Universal.
3. En la modalidad de Artes, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Filosofía.
  • b) Fundamentos del Arte I.
  • c) Lengua Castellana y Literatura I.
  • d) Primera Lengua Extranjera I.
  • e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
    • 1.º Cultura Audiovisual I.
    • 2.º Historia del Mundo Contemporáneo.
    • 3.º Literatura Universal.
4. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas:
  • a) Educación Física.
  • b) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, un mínimo de dos y máximo de tres materias de entre las siguientes:
    • 1.º Análisis Musical I.
    • 2.º Anatomía Aplicada.
    • 3.º Cultura Científica.
    • 4.º Dibujo Artístico I.
    • 5.º Dibujo Técnico I, salvo que los padres, madres o tutores legales o el alumno o alumna ya hayan escogido Dibujo Técnico I en el apartado 1.e).2.º).
    • 6.º Lenguaje y Práctica Musical.
    • 7.º Religión.
    • 8.º Segunda Lengua Extranjera I.
    • 9.º Tecnología Industrial I.
    • 10.º Tecnologías de la Información y la Comunicación I.
    • 11.º Volumen.
    • 12.º Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna.


    «Artículo 34 ter Organización del segundo curso de Bachillerato
    1. En la modalidad de Ciencias, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Historia de España.
  • b) Lengua Castellana y Literatura II.
  • c) Matemáticas II.
  • d) Primera Lengua Extranjera II.
  • e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias más de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
    • 1.º Biología.
    • 2.º Dibujo Técnico II.
    • 3.º Física.
    • 4.º Geología.
    • 5.º Química.
2. En la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Historia de España.
  • b) Lengua Castellana y Literatura II.
  • c) Primera Lengua Extranjera II.
  • d) Para el itinerario de Humanidades, Latín II. Para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II.
  • e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales, organizadas, en su caso, en bloques que faciliten el tránsito a la educación superior:
    • 1.º Economía de la Empresa.
    • 2.º Geografía.
    • 3.º Griego II.
    • 4.º Historia del Arte.
    • 5.º Historia de la Filosofía.
3. En la modalidad de Artes, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales:
  • a) Fundamentos del Arte II.
  • b) Historia de España.
  • c) Lengua Castellana y Literatura II.
  • d) Primera Lengua Extranjera II.
  • e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales:
    • 1.º Artes Escénicas.
    • 2.º Cultura Audiovisual II.
    • 3.º Diseño.
    • 4. En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas cursarán un mínimo de dos y máximo de tres materias de las siguientes del bloque de asignaturas específicas:
      • a) Análisis Musical II.
      • b) Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente.
      • c) Dibujo Artístico II.
      • d) Dibujo Técnico II, salvo que los padres, madres o tutores legales o el alumno o alumna ya hayan escogido Dibujo Técnico II en el apartado 1.e).2.º
      • e) Fundamentos de Administración y Gestión.
      • f) Historia de la Filosofía, salvo que los padres, madres o tutores legales o el alumno o alumna ya hayan escogido Historia de la Filosofía en el apartado 2.e).5.º
      • g) Historia de la Música y de la Danza.
      • h) Imagen y Sonido.
      • i) Psicología.
      • j) Religión.
      • k) Segunda Lengua Extranjera II.
      • l) Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.
      • m) Tecnología Industrial II.
      • n) Tecnologías de la Información y la Comunicación II.
      • ñ) Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna. 


      Artículo 36 Evaluación y promoción
      1. La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas materias. El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes.

      Artículo 36 bis Evaluación final de Bachillerato
      1. Los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato, en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias:
    • a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso.
    • b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo sólo computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso.
    • c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos, que no sea Educación Física ni Religión.



    • Artículo 91 Funciones del profesorado
      1. Las funciones del profesorado son, entre otras, las siguientes:
      • a) La programación y la enseñanza de las áreas, materias y módulos que tengan encomendados.
      • b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
      • c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
      • d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
      • e) La atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
      • f) La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
      • g) La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de participación y de libertad para fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.
      • h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo.
      • i) La coordinación de las actividades docentes, de gestión y de dirección que les sean encomendadas.
      • j) La participación en la actividad general del centro.
      • k) La participación en los planes de evaluación que determinen las Administraciones educativas o los propios centros.
      • l) La investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.
      2. Los profesores realizarán las funciones expresadas en el apartado anterior bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo.


      Artículo 104 Reconocimiento y apoyo al profesorado
      1. Las Administraciones educativas velarán por que el profesado reciba el trato, la consideración y el respeto acordes con la importancia social de su tarea.
      2. Las Administraciones educativas prestarán una atención prioritaria a la mejora de las condiciones en que el profesorado realiza su trabajo y al estímulo de una creciente consideración y reconocimiento social de la función docente.
      3. Dada la exigencia de formación permanente del profesorado y la necesidad de actualización, innovación e investigación que acompaña a la función docente, el profesorado debidamente acreditado dispondrá de acceso gratuito a las bibliotecas y museos dependientes de los poderes públicos. Asimismo, podrán hacer uso de los servicios de préstamo de libros y otros materiales que ofrezcan dichas bibliotecas. A tal fin, los directores de los centros educativos facilitarán al profesorado la acreditación correspondiente.


      «Artículo 119 Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados
      1. Las Administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos a través del Consejo Escolar.
      2. El profesorado participará también en la toma de decisiones pedagógicas que corresponden al Claustro, a los órganos de coordinación docente y a los equipos de profesores y profesoras que impartan clase en el mismo curso.
      3. Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la participación del alumnado en el funcionamiento de los centros, a través de sus delegados de grupo y curso, así como de sus representantes en el Consejo Escolar.
      4. Los padres y los alumnos y alumnas podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Las Administraciones educativas favorecerán la información y la formación dirigida a ellos.
      5. Los centros tendrán al menos los siguientes órganos colegiados, con las funciones que se indican en esta Ley:
      • a) Consejo Escolar.
      • b) Claustro del profesorado.

      • «Artículo 124 Normas de organización, funcionamiento y convivencia
        1. Los centros elaborarán un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual y que recogerá todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento con arreglo a la normativa vigente, tomando en consideración la situación y condiciones personales de los alumnos y alumnas, y la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación.
        2. Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento, y deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento, tomando en consideración su situación y condiciones personales.
        Las medidas correctoras tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a los derechos del resto de los alumnos y alumnas y procurarán la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa.
        Las medidas correctoras deberán ser proporcionadas a las faltas cometidas. Aquellas conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el género, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas tendrán la calificación de falta muy grave y llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro.
        Las decisiones de adoptar medidas correctoras por la comisión de faltas leves serán inmediatamente ejecutivas.
        3. Los miembros del equipo directivo y los profesores y profesoras serán considerados autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los hechos constatados por profesores, profesoras y miembros del equipo directivo de los centros docentes tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad «iuris tantum» o salvo prueba en contrario, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses, puedan señalar o aportar los propios alumnos y alumnas.
        4. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.»


        «Disposición adicional segunda Enseñanza de la Religión
        1. La enseñanza de la religión católica se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español.
        A tal fin, y de conformidad con lo que disponga dicho Acuerdo, se incluirá la religión católica como área o materia en los niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los alumnos y alumnas.
        2. La enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los Acuerdos de Cooperación celebrados por el Estado español con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Israelitas de España, la Comisión Islámica de España y, en su caso, a los que en el futuro puedan suscribirse con otras confesiones religiosas.
        3. La determinación del currículo y de los estándares de aprendizaje evaluables que permitan la comprobación del logro de los objetivos y adquisición de las competencias correspondientes a la asignatura Religión será competencia de las respectivas autoridades religiosas. Las decisiones sobre utilización de libros de texto y materiales didácticos y, en su caso, la supervisión y aprobación de los mismos corresponden a las autoridades religiosas respectivas, de conformidad con lo establecido en los Acuerdos suscritos con el Estado español.»


        Disposición adicional tercera Profesorado de religión
        1. Los profesores que impartan la enseñanza de las religiones deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos para las distintas enseñanzas reguladas en la presente Ley, así como los establecidos en los acuerdos suscritos entre el Estado Español y las diferentes confesiones religiosas.
        2. Los profesores que, no perteneciendo a los cuerpos de funcionarios docentes, impartan la enseñanza de las religiones en los centros públicos lo harán en régimen de contratación laboral, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, con las respectivas Administraciones competentes. La regulación de su régimen laboral se hará con la participación de los representantes del profesorado. Se accederá al destino mediante criterios objetivos de igualdad, mérito y capacidad. Estos profesores percibirán las retribuciones que correspondan en el respectivo nivel educativo a los profesores interinos.
        En todo caso, la propuesta para la docencia corresponderá a las entidades religiosas y se renovará automáticamente cada año. La determinación del contrato, a tiempo completo o a tiempo parcial según lo que requieran las necesidades de los centros, corresponderá a las Administraciones competentes. La remoción, en su caso, se ajustará a derecho 

        Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

        Lo establecido en la LOE sobre el profesorado de religión pretende articular la efectividad del mandato contenido en el artículo 27.3 de la Constitución Española por el que «los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones», con los derechos que nuestro ordenamiento atribuye a los trabajadores que realizan esas tareas y a la necesidad de respetar la singularidad de la relación de confianza y buena fe que mantienen con las distintas confesiones religiosas con las que existen relaciones de cooperación.  

        Se atiene la regulación a la doctrina del Tribunal Constitucional, reiterada a partir de la Sentencia 38/2007, de 15 de febrero, que considera válida la exigencia de la idoneidad eclesiástica como requisito de capacidad para el acceso a los puestos de trabajo de profesor de religión en los centros de enseñanza pública, al propio tiempo que exige que esa declaración de idoneidad, o su revocación, sea respetuosa con los derechos fundamentales del trabajador. 

        Artículo 4 Duración y modalidad de la contratación
        1. La contratación de los profesores de religión será por tiempo indefinido, salvo en los casos de sustitución del titular de la relación laboral que se realizará de conformidad con el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y sin perjuicio de lo dispuesto en las causas de extinción del contrato que figuran en el presente real decreto.
        2. La determinación de la modalidad del contrato a tiempo completo o parcial, según lo requieran las necesidades de los centros públicos, corresponderá a las Administraciones educativas competentes, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de su duración y por razón de la planificación educativa, deban de producirse respecto de la jornada de trabajo y/o Centro reflejados en contrato.
        Artículo 6 Acceso al destino
        Se accederá al destino de conformidad con los criterios objetivos de valoración que se estimen adecuados por la Administración competente.
        En todo caso deberá valorarse:
        • a) La experiencia docente como profesor de religión, de manera preferente en centros públicos y en el mismo nivel educativo de la plaza a la que se opta.
        • b) Las titulaciones académicas, de modo preferente las más afines, por su contenido, a la enseñanza de religión.
        • c) Los cursos de formación y perfeccionamiento realizados que estén relacionados con la didáctica, la organización escolar o análogos, de modo preferente, los más afines por su contenido a la enseñanza de religión.
        Se respetará, en todo caso, los principios de igualdad, merito, capacidad y publicidad.
        Artículo 7 Extinción del contrato
        El contrato de trabajo se extinguirá:
        • a) Cuando la Administración competente adopte resolución en tal sentido, previa incoación de expediente disciplinario.
        • b) Por revocación ajustada a derecho de la acreditación o de la idoneidad para impartir clases de religión por parte de la Confesión religiosa que la otorgó.
        • c) Por las demás causas de extinción previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
        • d) En el caso de trabajadores extranjeros, por la extinción o la no renovación de la autorización de residencia o de residencia y trabajo, como consecuencia de la concurrencia de alguno de los supuestos para dicha extinción o el incumplimiento de alguno de los requisitos para la renovación establecidos en la normativa de extranjería e inmigración.

        Instrumento de Ratificación del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre enseñanza y asuntos culturales, firmado en la Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979.

        Por una parte, el Estado reconoce el derecho fundamental a la educación religiosa y ha suscrito pactos internacionales que garantizan el ejercicio de este derecho.
        Por otra, la Iglesia debe coordinar su misión educativa con los principios de libertad civil en materia religiosa y con los derechos de las familias y de todos los alumnos y maestros, evitando cualquier discriminación o situación privilegiada.

        Artículo I
        A la luz del principio de libertad religiosa, la acción educativa respetará el derecho fundamental de los padres sobre la educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar.
        En todo caso, la educación que se imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana.


        Artículo VI
        A la jerarquía eclesiástica corresponde señalar los contenidos de la enseñanza y formación religiosa católica, así como proponer los libros de texto y material didáctico relativos a dicha enseñanza y formación.
        La jerarquía eclesiástica y los Órganos del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por que esta enseñanza y formación sean impartidas adecuadamente, quedando sometido el profesorado de religión al régimen general disciplinario de los centros.

        Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de libertad religiosa.

        Artículo 1
        1. El Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto, reconocida en la Constitución, de acuerdo con lo prevenido en la presente Ley Orgánica.
        2. Las creencias religiosas no constituirán motivo de desigualdad o discriminación ante la Ley. No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas.
        3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal.

        Artículo 2
        1. La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a:
        • a) Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía, manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas.
        • b) Practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa de su propia confesión; conmemorar sus festividades; celebrar sus ritos matrimoniales; recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos, y no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales.
        • c) Recibir e impartir enseñanza e información religiosa de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento; elegir para sí, y para los menores no emancipados e incapacitados, bajo su dependencia, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
        • d) Reunirse o manifestarse públicamente con fines religiosos y asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades religiosas de conformidad con el ordenamiento jurídico general y lo establecido en la presente Ley Orgánica.
        2. Asimismo comprende el derecho de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas a establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos, a designar y formar a sus ministros, a divulgar y propagar su propio credo, y a mantener relaciones con sus propias organizaciones o con otras confesiones religiosas, sea en territorio nacional o en el extranjero.
        3. Para la aplicación real y efectiva de estos derechos, los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para facilitar la asistencia religiosa en los establecimientos públicos militares, hospitalarios, asistenciales, penitenciarios y otros bajo su dependencia, así como la formación religiosa en centros docentes públicos.

        Artículo 4
        Los derechos reconocidos en esta Ley ejercitados dentro de los límites que la misma señala serán tutelados mediante amparo judicial ante los Tribunales ordinarios y amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional en los términos establecidos en su Ley Orgánica.


        Ley 24/1992, de 10 noviembre, por la que se aprueba el acuerdo de cooperación del Estado con la Federación de entidades religiosas evangélicas de España

        Artículo 10
        1. A fin de dar efectividad a lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Constitución, así como en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se garantiza a los alumnos, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa evangélica en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio de aquel derecho no entre en conflicto con el carácter propio del centro, en los niveles de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.
        2. La enseñanza religiosa evangélica será impartida por profesores designados por las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, con la conformidad de ésta.
        3. Los contenidos de la enseñanza religiosa evangélica, así como los libros de texto relativos a la misma, serán señalados por las Iglesias respectivas con la conformidad de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.
        4. Los centros docentes públicos y los privados concertados a que se hace referencia en este artículo deberán facilitar los locales adecuados para el ejercicio de aquel derecho en armonía con el desenvolvimiento de las actividades lectivas.
        5. Las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religosas Evangélicas podrán, de acuerdo con las autoridades académicas, organizar cursos de enseñanza religiosa en los centros universitarios públicos, pudiendo utilizar los locales y medios de los mismos.
        6. Las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España podrán establecer y dirigir centros docentes de los niveles educativos que se mencionan en el número 1 de este artículo, así como centros universitarios y seminarios de carácter religioso u otras Instituciones de Estudios Eclesiásticos con sometimiento a la legislación general vigente en la materia.

        Ley 25/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Judías de España

        Artículo 10
        1. A fin de dar efectividad a lo dispuesto en el articulo 27.3 de la Constitución, así como en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se garantiza a los alumnos judíos, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa judía en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio de aquel derecho no entre en contradicción con el carácter propio del centro, en los niveles de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.
        2. La enseñanza religiosa judia será impartida por profesores designados por las Comunidades pertenecientes a la Federación de Comunidades Israelitas, con la conformidad de ésta.
        3. Los contenidos de la enseñanza religiosa judía, así como los libros de texto relativos a la misma, serán señalados por las Comunidades respectivas con la conformidad de la Federación de Comunidades Israelitas.
        4. Los centros docentes públicos y los privados concertados a que se hace referencia en este artículo deberán facilitar los locales adecuados para el ejercicio de aquel derecho sin que pueda perjudicar el desenvolvimiento de las actividades lectivas.
        5. Las Comunidades pertenecientes a la Federación de Comunidades Israelitas podrán, de acuerdo con las autoridades académicas organizar cursos de enseñanza religiosa en los centros universitarios públicos, pudiendo utilizar los locales y medios de los mismos.
        6. Las Comunidades pertenecientes a la Federación de Comunidades Israelitas podrán establecer y dirigir centros docentes de los niveles educativos que se mencionan en el número 1 de este artículo, así como centros universitarios y seminarios de carácter religioso con sometimiento a la leglslación general vigente en la materia.

        Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España

        Artículo 10
        1. A fin de dar efectividad a lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Constitución, así como en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se garantiza a los alumnos musulmanes, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten, el ejercicio del derecho de los primeros a recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio de aquel derecho no entre en contradicción con el carácter propio del centro, en los niveles de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.
        2. La enseñanza religiosa islámica será lmpartida por profesores designados por la Comunidades pertenecientes a la «Comisión Islámica de España», con la conformidad de la Federación a que pertenezcan.
        3. Los contenidos de la enseñanza religiosa islámica, así como los libros de texto relativos a la misma, serán proporcionados por las Comunidades respectivas, con la conformidad de la «Comisión Islámica de España».
        4. Los centros docentes públicos y los privados concertados a que se hace referencia en el número 1 de este artículo, deberán facilitar los locales adecuados para el ejercicio del derecho que en este artículo se regula, sin que pueda periudicar el desenvolvimiento de las actividades lectivas.
        5. La «Comisión Islámica de España», así como sus Comunidades miembros, podrán organizar cursos de enseñanza religiosa en los centros universitarios públicos, pudiendo utilizar los locales y medios de los mismos, de acuerdo con las autoridades académicas.
        6. La «Comisión Islámica de España», así como las Comunidades pertenecientes a la misma, podrán establecer y dirigir centros docentes de los niveles educativos que se mencionan en el número 1 de este artículo, así como Universidades y Centros de Formación Islámica, con sometimiento a la legislación general vigente en la materia.

        CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA.

        Artículo 10
        1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
        2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.


        Artículo 14
        Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


        Artículo 16
        1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
        2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
        3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.


        Artículo 27
        1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
        2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
        3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
        4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
        5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
        6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
        7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
        8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
        9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
        10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

         Resolución de 11 de febrero de 2015, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la enseñanza de Religión Católica de la Educación Primaria y de la Educación Secundaria Obligatoria.

        Religión Católica de la Educación Secundaria Obligatoria
        La presencia de la enseñanza religiosa en la escuela responde, en primer lugar, a la importancia que esta asignatura tiene dentro de la educación para que el alumno pueda conseguir un desarrollo pleno e integral de su personalidad. La necesidad de sentido del ser humano es una evidencia a la que la escuela necesariamente debe dar respuesta. La educación de la dimensión religiosa es parte fundamental para la maduración de la persona. No podría existir una formación integral y, por tanto, una educación de calidad, si no se permitiese el desarrollo de todas las dimensiones inherentes al ser humano, entre las cuales se encuentra la religiosa. Esta capacidad básica de la persona adquiere su auténtico cumplimiento cuando se descubre el sentido de la vida. La enseñanza de la religión católica en los centros escolares ayudará a los estudiantes a ensanchar los espacios de la racionalidad y adoptar una actitud de apertura al sentido religioso de la vida, sea cual sea su manifestación concreta.
        La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 reconoce la libertad religiosa de personas y pueblos. Por su parte, la Constitución Española no sólo reconoce la libertad religiosa sino también garantiza «el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones» en el artículo 27.3. Un derecho que también forma parte de tratados internacionales reconocidos por España como el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales en su artículo 13.3 y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, artículo 14.3, entre otros.
        La Iglesia, como se recoge en el número 2 de la Gravissimun Educationis, ha realizado continuos esfuerzos para favorecer que la formación religiosa se imparta en el ámbito escolar, como contribución decisiva a la formación integral de la persona. Por ese motivo, la Santa Sede suscribió un Acuerdo Internacional con el Estado Español sobre Enseñanza y Asuntos Sociales, firmado el 3 de enero de 1979, donde se otorga la competencia para elaborar el currículo de la asignatura de Religión y Moral Católica a la jerarquía eclesiástica (art. 6).
        La enseñanza de la religión católica en la escuela responde a la necesidad de respetar y tener en cuenta el conjunto de valores y significados en los que la persona ha nacido como hipótesis explicativa de la realidad y que se denomina tradición.
        Para ello, la religión católica pretende contribuir a la educación integral del estudiante en dos direcciones. Por una parte, responde a la dimensión religiosa de todo ser humano y, por otra, lo introduce en la realidad a la luz de una hipótesis ofrecida por una historia y una tradición. De este modo, se promueve el reconocimiento de un sentido de la existencia de una manera coherente con el propio desarrollo psico-evolutivo del alumnado.
        La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, en el artículo 6.1, define el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. Por ello, el contenido del currículo parte de la experiencia humana y se desarrolla de manera respetuosa con las etapas del desarrollo infantil y adolescente, colaborando, en este sentido, con los aprendizajes instrumentales y transversales propios de cada etapa educativa.
        El desarrollo del currículo se estructura en cuatro grandes bloques que pretenden recoger el saber antropológico cristiano acumulado a lo largo de los siglos. Esos bloques parten del sentido religioso del hombre, continúan con el estudio de la revelación; Dios se manifiesta al hombre y lo hace en una historia concreta, con personajes y situaciones que el alumnado debe conocer y que contribuirán a su comprensión del mundo. Dicha revelación culmina en Jesucristo y el mensaje evangélico, centro del tercer bloque del currículo y eje vertebrador de la asignatura. Por último, se estudia la Iglesia como manifestación de la presencia continuada de Jesucristo en la historia. Conviene subrayar, por tanto, que lejos de una finalidad catequética o de adoctrinamiento, la enseñanza de la religión católica ilustra a los estudiantes sobre la identidad del cristianismo y la vida cristiana.
        La estructura del currículo de Educación Secundaria intenta poner de manifiesto la profunda unidad y armonía de la iniciativa creadora y salvífica de Dios. El primer bloque parte de los datos más evidentes: la constatación de la realidad de las cosas y los seres vivos, de modo especial el hombre. Se nos impone su existencia como dato evidente. En un segundo paso, si la persona no se queda en el primer impacto o simple constatación de su existencia, tiene que reconocer que las cosas, los animales y el ser humano no se dan el ser a sí mismos. Luego Otro los hace ser, los llama a la vida y se la mantiene. Por ello, la realidad en cuanto tal es signo de Dios, habla de Su existencia.
        La iniciativa creadora de Dios tiene una finalidad: establecer una relación de amistad con el hombre. Es decir, Dios ha creado al ser humano para que sea feliz en relación con Él. Los relatos bíblicos de la Creación y el Paraíso ejemplifican bellamente la finalidad de la creación de la persona y del mundo entero para su servicio. De su origen creatural y de su llamada a participar en la amistad con Dios surge su dignidad inviolable.
        No obstante, el ser humano pretende apropiarse del don de Dios prescindiendo de Él. En esto consiste el pecado. Este rechazo de Dios tiene como consecuencia en el ser humano la imposibilidad de ser feliz. Dado que su naturaleza está hecha para el bien, su experiencia de mal y de límite le hace añorar la plenitud que él no puede darse por sí mismo y busca de algún modo restablecer la relación con Dios. Esta necesidad del bien, el deseo de Infinito que caracteriza al ser humano se expresa en las religiones como búsqueda del Misterio.
        A esta búsqueda humana Dios responde manifestándose en la historia. Para ello, elige un hombre, Abrahán, del que formará el pueblo de Israel, con quien establece una alianza en el monte Sinaí. A través de hechos y palabras Dios irá dándose a conocer a los hombres de ese pueblo. Todo este acontecer histórico de la manifestación de Dios está recogido en los libros sagrados de la Biblia. En este conjunto de libros no sólo se recoge las diferentes intervenciones de Dios en la historia, sino también la enseñanza que comunica a su pueblo para que viva una vida santa; una sabiduría que influirá positivamente en la vida del pueblo de Israel y, con el tiempo, en el mundo entero.
        La historia de Israel ejemplifica la traición y rebelión de los hombres ante la iniciativa amorosa de Dios y al mismo tiempo pone en evidencia la constante fidelidad divina. La promesa de un salvador se cumplirá en Cristo Jesús.
        Jesús, el Hijo de Dios, se hace presente en la historia para llevar a cabo la misión encomendada por el Padre. En Jesucristo se cumple el deseo de felicidad que el hombre descubre en su corazón.
        Jesús no sólo desvela el misterio humano y lo lleva a su plenitud, sino que manifiesta el misterio de Dios, nos hace conocer que el verdadero Dios es comunión: Dios uno y trino.
        Aquellos que participan de la vida de Cristo forman la Iglesia, que es la gran familia de Dios. Continuamente generada por la acción de Jesucristo a través de los sacramentos, se pone en el mundo como inicio de un mundo nuevo, de una cultura nueva. La Iglesia es la prolongación de Cristo en el tiempo y el espacio. Sólo en ella la persona humana se encuentra con el Jesucristo vivo.
        La vida eclesial es alimentada y servida mediante los diferentes sacramentos instituidos por Jesucristo, está ritmada por los tiempos litúrgicos, se expresa en la oración comunitaria y la caridad, fructifica en la generación de una civilización del amor.
        Estos cuatro bloques que compone la asignatura de religión católica incluyen conceptos, procedimientos y actitudes, que permite el conocimiento de sí mismo, de la realidad y de los problemas que ésta plantea. Por ello, los contenidos generales de la asignatura contribuyen a la consecución de los objetivos propuestos para las diferentes etapas.
        Este currículo se vale de los elementos cristianos presentes en el entorno del alumnado, las imágenes y símbolos, el lenguaje y otros recursos, para la comprensión de la religiosidad propia de cada etapa evolutiva. Se desarrolla así la competencia en comunicación lingüística, que se sirve del lenguaje que conforma la cultura y tradición que se transmite de una a otra generación. Así, el lenguaje bíblico y su riqueza de expresión y simbología, el lenguaje doctrinal y su precisión conceptual, analítica y argumental y el lenguaje litúrgico y su cercanía al lenguaje de los símbolos del pueblo cristiano, ayudarán al desarrollo de esta competencia en los estudiantes. Sin olvidar la singularidad que esta asignatura aporta a la dimensión de escucha de la comunicación.
        Asimismo, la enseñanza escolar de la religión católica favorece el desarrollo de la responsabilidad personal y social y de las demás virtudes cívicas, para el bien común de la sociedad, contribuyendo así a la adquisición de las competencias sociales y cívicas. Esta educación de la dimensión moral y social de la persona, favorecerá la maduración de una corresponsabilidad, el ejercicio de la solidaridad, de la libertad, de la justicia y de la caridad.
        Por otra parte, la religión católica aporta a la competencia cultural y artística el significado y valoración crítica de tantas obras de nuestro entorno, motivando el aprecio por la propia cultura y la estima adecuada de otras tradiciones culturales y religiosas. La cultura y la historia occidental, la propia historia, no pueden ser comprendidas y asumidas si se prescinde del hecho religioso presente siempre en la historia cultural de los pueblos. De igual modo, la expresión artística de la fe sigue colaborando en la actualidad al enriquecimiento de nuestro patrimonio cultural.
        La competencia para la autonomía e iniciativa personal se desarrolla en el estudiante partiendo del verdadero conocimiento de sí mismo, de sus potencialidades, de su dignidad y de su sentido. La formación religiosa católica aporta a dicha competencia una cosmovisión que da sentido a la vida y, por tanto, a la cultura y a la identidad de la persona humana. Una cosmovisión que hace posible la formación integral del estudiante frente a visiones parciales.
        En cuanto a los contenidos procedimentales, la asignatura de religión católica forma de manera transversal en una serie de procedimientos fundamentales para la comprensión del hecho cristiano. Estos contenidos procedimentales se adquieren a lo largo del desarrollo curricular, colaborando así en la consecución de las competencias asignadas a los currículos de ESO y Bachillerato. Concretamente los contenidos procedimentales de religión católica desarrollarán especialmente las siguientes competencias: Comunicación lingüística, Aprender a aprender, Competencias sociales y cívicas y Conciencia y expresiones culturales.
        Los contenidos procedimentales básicos de la asignatura de religión católica son los siguientes.
        Observación de la realidad. El hecho religioso nace de la apertura del ser humano a la realidad total. La asignatura de religión católica pretende colaborar en la formación de la dimensión natural que nace del asombro ante lo real y nos empuja a preguntas últimas sobre el sentido. Observar es más que ver y requiere de un entrenamiento en disposiciones específicas que no rehúyan las dimensiones espirituales de lo real.
        Búsqueda de información, manejo e interpretación de fuentes bíblicas. El estudio del cristianismo requiere el manejo de las Sagradas Escrituras y textos referidos a las mismas que forman parte del corpus teológico acumulado a lo largo de la historia.
        Reflexión Crítica. El desarrollo de la asignatura ayuda a conocer la génesis de las ideas dominantes, a detectar prejuicios frente a la verdad, a examinar con profundidad las propias ideas y sentimientos fundamentales.
        Exposición y argumentación respetuosa de las creencias religiosas propias y ajenas. La asignatura de religión católica contribuye a la formación de competencias que permitan exponer y defender la racionalidad de las propias creencias religiosas y el respeto por las ajenas.
        Por último, hay que destacar que la asignatura contribuye a la consecución de contenidos de carácter actitudinal que son coherentes con los objetivos básicos de cada etapa. Permite conocer y apreciar los valores y normas básicas de convivencia; desarrollar hábitos de trabajo y esfuerzo y de responsabilidad en el estudio; la confianza en sí mismo para un desarrollo adecuado de la personalidad. También favorece de manera directa la adquisición de habilidades para la prevención y resolución pacífica de todo tipo de conflictos y el conocimiento, comprensión y respeto de las diferentes culturas, así como de las diferencias entre personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación.
        Orientaciones de metodología didáctica
        La normativa educativa derivada de la LOMCE define metodología didáctica como: «conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados» (Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre).
        En este sentido la asignatura de Religión Católica utilizará una metodología que respetará los siguientes principios:
        Reconocimiento del rol del docente. El docente es pieza clave en la elaboración e implementación de actividades de aula ajustadas al grupo concreto que está enseñando. Su formación resulta, por lo tanto, fundamental a la hora de garantizar el éxito del proceso de aprendizaje.
        Adaptación al ámbito emocional y cognitivo de los estudiantes respetando el desarrollo psicoevolutivo propio de cada etapa. Esta atención permitirá combinar de manera adecuada lo concreto y lo abstracto, el trabajo individual y el grupal, lo manipulativo, experiencial y visual con los aspectos conceptuales.
        Respeto por los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes. No todos los estudiantes son iguales, no todos aprenden a la misma velocidad ni utilizan las mismas estrategias. La atención a la diversidad y el desarrollo de la inclusión comienza en la asunción de este principio fundamental.
        Consideración de la dimensión humanista. Todos los aprendizajes estarán al servicio de la formación humana. La asignatura de religión, desde su clave personalizadora, requiere que todo tipo de aprendizajes, instrumentales, cognitivos, actitudinales, socio afectivos no sean considerados fin en sí mismos sino que estén al servicio de la formación integral del ser humano.
        Respeto por la curiosidad e inquietudes de los estudiantes. Consideración de los intereses y expectativas de los estudiantes así como de los conocimientos previos, de manera que se garantice un aprendizaje significativo.
        Seguimiento de los criterios de evaluación educativa. Para facilitar el cumplimiento de estos principios metodológicos se aplicará una evaluación continua, global y formativa a lo largo del proceso de enseñanza y aprendizaje; y sumativa al final del proceso, de manera que se evalúe el nivel de logro alcanzado. La evaluación objetiva garantizará una valoración adecuada de la dedicación, esfuerzo y rendimiento de todos los estudiantes.
        Desarrollo del aprendizaje en equipo y/o cooperativo. El estudio y reflexión del cristianismo, por su intrínseca dimensión comunitaria, es una asignatura adecuada para desarrollar el trabajo en equipo y el aprendizaje cooperativo.
        Utilización educativa de los recursos tecnológicos. La enseñanza de la religión promoverá la utilización de la tecnología de la información y la comunicación no sólo de una manera instrumental, que resulte útil al estudiante en la búsqueda de información o en la resolución de problemas planteados en la clase, sino procurando su integración en la vida del sujeto y su uso ético. Las redes sociales o las herramientas de construcción y manipulación de imágenes, por ejemplo, son instrumentos que permiten nuevas formas de expresión de la cultura y la identidad personal que hay que aprender a dominar.
        Religión Católica
        1.º curso
        Contenidos
        Criterios de evaluación
        Estándares de aprendizaje evaluables
        Bloque 1. El sentido religioso del hombre
        La realidad creada y los acontecimientos son signo de Dios.
        1. Reconocer y valorar que la realidad es don de Dios.
        2. Identificar el origen divino de la realidad.
        3. Contrastar el origen de la creación en los diferentes relatos religiosos acerca de la creación.
        4. Diferenciar la explicación teológica y científica de la creación.
        1.1 Expresa por escrito sucesos imprevisto en los que ha reconoce que la realidad es dada.
        1.2 Evalúa, compartiendo con sus compañeros, sucesos y situaciones en las que queda de manifiesto que la realidad es don de Dios.
        2.1 Argumenta el origen del mundo y la realidad como fruto del designio amoroso de Dios.
        3.1 Relaciona y distingue, explicando con sus palabras, el origen de la creación en los relatos míticos de la antigüedad y el relato bíblico.
        4.1 Conoce y señala las diferencias entre la explicación teológica y científica de la creación.
        4.2 Respeta la autonomía existente entre las explicaciones, teológica y científica, de la creación.
        Bloque 2. La revelación: Dios interviene en la historia
        La historia de Israel: elección, alianza, monarquía y profetismo.
        1. Conocer, contrastar y apreciar los principales acontecimientos de la historia de Israel.
        2. Señalar e identificar los diferentes modos de comunicación que Dios ha usado en las distintas etapas de la historia e Israel.
        3. Distinguir y comparar el procedimiento con el que Dios se manifiesta en las distintas etapas de la historia de Israel.
        1.1 Conoce, interpreta y construye una línea del tiempo con los principales acontecimientos y personajes de la historia de Israel.
        1.2 Muestra interés por la historia de Israel y dialoga con respeto sobre los beneficios de esta historia para la humanidad.
        2.1 Busca relatos bíblicos y selecciona gestos y palabras de Dios en los que identifica la manifestación divina.
        3.1 Recuerda y explica constructivamente, de modo oral o por escrito, acciones que reflejan el desvelarse de Dios para con el pueblo de Israel.
        Bloque 3. Jesucristo, cumplimiento de la Historia de la Salvación
        La divinidad y humanidad de Jesús.
        Los evangelios: testimonio y anuncio.
        Composición de los evangelios.
        1. Distinguir en Jesús los rasgos de su naturaleza divina y humana.
        2. Identificar la naturaleza y finalidad de los evangelios.
        3. Conocer y comprender el proceso de formación de los evangelios.
        1.1 Identifica y clasifica de manera justificada las diferencias entre la naturaleza divina y humana de Jesús en los relatos evangélicos.
        1.2 Se esfuerza por comprender las manifestaciones de ambas naturalezas expresadas en los relatos evangélicos.
        2.1 Reconoce a partir de la lectura de los textos evangélicos los rasgos de la persona de Jesús y diseña su perfil.
        3.1 Ordena y explica con sus palabras los pasos del proceso formativo de los evangelios.
        Bloque 4. Permanencia de Jesucristo en la historia: la Iglesia
        La Iglesia, presencia de Jesucristo en la historia.
        El Espíritu Santo edifica continuamente la Iglesia.
        1. Comprender la presencia de Jesucristo hoy en la Iglesia.
        2. Reconocer que la acción del Espíritu Santo da vida a la Iglesia.
        1.1 Señala y explica las distintas formas de presencia de Jesucristo en la Iglesia: sacramentos, palabra de Dios, autoridad y caridad.
        2.1 Conoce y respeta que los sacramentos son acción del Espíritu para construir la Iglesia.
        2.2 Asocia la acción del espíritu en los sacramentos con las distintas etapas y momentos de la vida.
        2.3 Toma conciencia y aprecia la acción del Espíritu para el crecimiento de la persona.
        Religión Católica
        2.º curso
        Contenidos
        Criterios de evaluación
        Estándares de aprendizaje evaluables
        Bloque 1. El sentido religioso del hombre
        La persona humana, criatura de Dios libre e inteligente.
        El fundamento de la dignidad de la persona.
        El ser humano colaborador de la creación de Dios.
        1. Establecer diferencias entre el ser humano creado a imagen de Dios y los animales.
        2. Relaciona la condición de criatura con el origen divino.
        3. Explicar el origen de la dignidad del ser humano como criatura de Dios.
        4. Entender el sentido y la finalidad de la acción humana.
        1.1 Argumenta la dignidad del ser humano en relación a los otros seres vivos.
        2.1 Distingue y debate de forma justificada y respetuosa el origen del ser humano.
        3.1 Valora, en situaciones de su entorno, la dignidad de todo ser humano con independencia de las capacidades físicas, cognitivas, intelectuales, sociales, etc.
        4.1 Clasifica acciones del ser humano que respetan o destruyen la creación.
        4.2 Diseña en pequeño grupo un plan de colaboración con su centro educativo en el que se incluyan al menos cinco necesidades y las posibles soluciones que el propio grupo llevaría a cabo.
        Bloque 2. La revelación: Dios interviene en la historia
        La aceptación de la revelación: La fe.
        Origen, composición e interpretación de los Libros Sagrados.
        1. Conocer y aceptar que Dios se revela en la historia.
        2. Comprender y valorar que la fe es la respuesta a la iniciativa salvífica de Dios.
        3. Conocer y definir la estructura y organización de la Biblia.
        4. Conocer y respetar los criterios del magisterio de la Iglesia en torno a la interpretación bíblica.
        5. Reconocer en la inspiración el origen de la sacralidad del texto bíblico.
        1.1 Busca y elige personajes significativos del pueblo de Israel e identifica y analiza la respuesta de fe en ellos.
        2.1 Se interesa por conocer y valora la respuesta de fe al Dios que se revela.
        3.1 Identifica, clasifica y compara las características fundamentales de los Libros Sagrados mostrando interés por su origen divino.
        4.1 Lee, localiza y esquematiza los criterios recogidos en la Dei Verbum en torno a la interpretación de la Biblia valorándolos como necesarios.
        5.1 Distingue y señala en textos bíblicos la presencia de un Dios que se comunica, justificando en el grupo la selección de los textos.
        5.2 Conoce y justifica por escrito la existencia en los Libros Sagrados del autor divino y el autor humano.
        Bloque 3. Jesucristo, cumplimiento de la Historia de la Salvación
        Dios se revela en Jesucristo. Dios uno y trino.
        El Credo, síntesis de la acción salvífica de Dios en la historia.
        1. Mostrar interés por reconocer el carácter relacional de la Divinidad en la revelación de Jesús.
        2. Vincular el sentido comunitario de la Trinidad con la dimensión relacional humana.
        3. Descubrir el carácter histórico de la formulación de Credo cristiano.
        4. Reconocer las verdades de la fe cristina presentes en el Credo.
        1.1 Conoce y describe las características del Dios cristiano.
        1.2 Lee relatos mitológicos, localiza rasgos de las divinidades de las religiones politeístas y los contrasta con las características del Dios cristiano.
        2.1 Reconoce, describe y acepta que la persona humana necesita del otro para alcanzar su identidad a semejanza de Dios.
        3.1 Confeccionar materiales donde se expresan los momentos relevantes de la historia salvífica y los relaciona con las verdades de fe formuladas en el Credo.
        4.1 Clasifica las verdades de fe contenidas en el Credo y explica su significado.
        Bloque 4. Permanencia de Jesucristo en la historia: la Iglesia
        Expansión de la iglesia, las primeras comunidades.
        Las notas de la Iglesia.
        1. Comprender la expansión del cristianismo a través de las primeras comunidades cristianas.
        2. Justificar que la Iglesia es una, santa, católica y apostólica.
        1.1 Localiza en el mapa los lugares de origen de las primeras comunidades cristianas y describe sus características.
        1.2 Reconstruye el itinerario de los viajes de San Pablo y explica con sus palabras la difusión del cristianismo en el mundo pagano.
        2.1 Describe y valora la raíz de la unidad y santidad de la Iglesia.
        2.2 Elabora materiales, utilizando las tecnologías de la información y la comunicación, donde se refleja la universalidad y apostolicidad de la Iglesia.
        Religión Católica
        3.º curso
        Contenidos
        Criterios de evaluación
        Estándares de aprendizaje evaluables
        Bloque 1. El sentido religioso del hombre
        La naturaleza humana desea el Infinito.
        La búsqueda de sentido en la experiencia de la enfermedad, la muerte, el dolor, etc.
        1. Reconocer el deseo de plenitud que tiene la persona.
        2. Comparar razonadamente distintas respuestas frente a la finitud del ser humano.
        1.1 Expresa y comparte en grupo situaciones o circunstancias en las que reconoce la exigencia humana de felicidad y plenitud.
        2.1 Analiza y valora la experiencia personal frente a hechos bellos y dolorosos.
        2.2 Selecciona escenas de películas o documentales que muestran la búsqueda de sentido.
        Bloque 2. La revelación: Dios interviene en la historia
        La ruptura del hombre con Dios por el pecado.
        El relato bíblico del pecado original.
        1. Descubrir que el pecado radica en el rechazo a la intervención de Dios en la propia vida.
        2. Distinguir la verdad revelada del ropaje literario en el relato del Génesis.
        1.1 Identifica, analiza y comenta situaciones actuales donde se expresa el pecado como rechazo o suplantación de Dios.
        2.1 Analiza el texto sagrado diferenciando la verdad revelada del ropaje literario y recrea un relato de la verdad revelada sobre el pecado original con lenguaje actual.
        Bloque 3. Jesucristo, cumplimiento de la Historia de la Salvación
        La persona transformada por el encuentro con Jesús.
        1. Reconocer y apreciar que el encuentro con Cristo cambia la forma de comprender el mundo, la historia, la realidad, las personas, etc.
        2. Comprender que la pertenencia a Cristo conlleva una nueva forma de comportarse en la vida.
        1.1 Busca y selecciona biografía de conversos.
        1.2 Expresa juicios respetuosos sobre la novedad que el encuentro con Cristo ha introducido en la forma de entender el mundo, según las biografías seleccionadas.
        2.1 Crea y comparte textos, videos clip, cortos, para describir las consecuencias que en la vida de los cristianos ha supuesto el encuentro con Cristo.
        Bloque 4. Permanencia de Jesucristo en la historia: la Iglesia
        La Iglesia, lugar de encuentro con Cristo.
        Experiencia de plenitud en el encuentro con Cristo.
        La experiencia de fe genera una cultura.
        1. Tomar conciencia del vínculo indisoluble entre el encuentro con Cristo y la pertenencia a la Iglesia.
        2. Valorar críticamente la experiencia de plenitud que promete Cristo.
        3. Identificar en la cultura la riqueza y la belleza que genera la fe.
        1.1 Busca, selecciona y presenta justificando la experiencia de una persona que ha encontrado a Cristo en la Iglesia.
        2.1 Escucha testimonios de cristianos y debate con respeto acerca de la plenitud de vida que en ellos se expresa.
        3.1 Demuestra mediante ejemplos previamente seleccionados que la experiencia cristiana ha sido generadora de cultura a lo largo de la historia.
        3.2 Defiende de forma razonada la influencia de la fe en el arte, el pensamiento, las costumbres, la salud, la educación, etc.
        Religión Católica
        4.º curso
        Contenidos
        Criterios de evaluación
        Estándares de aprendizaje evaluables
        Bloque 1. El sentido religioso del hombre
        Las religiones: búsqueda del sentido de la vida.
        Plenitud en la experiencia religiosa: la revelación de Dios en la historia.
        1. Aprender y memorizar los principales rasgos comunes de las religiones.
        2. Comparar y distinguir la intervención de Dios en la historia de los intentos humanos de respuesta a la búsqueda de sentido.
        1.1 Identifica y clasifica los rasgos principales (enseñanza, comportamiento y culto) en las religiones monoteístas.
        1.2 Busca información y presenta al grupo las respuestas de las distintas religiones a las preguntas de sentido.
        2.1 Razona por qué la revelación es la plenitud de la experiencia religiosa.
        2.2 Analiza y debate las principales diferencias entre la revelación de Dios y las religiones.
        Bloque 2. La revelación: Dios interviene en la historia
        La fidelidad de Dios a la alianza con el ser humano.
        La figura mesiánica del Siervo de Yhwh.
        1. Reconocer y valorar las acciones de Dios fiel a lo largo de la historia.
        2. Comparar y apreciar la novedad entre el Mesías sufriente y el Mesías político.
        1.1 Identifica y aprecia la fidelidad permanente de Dios que encuentra en la historia de Israel.
        1.2 Toma conciencia y agradece los momentos de su historia en los que reconoce la fidelidad de Dios.
        2.1 Identifica, clasifica y compara los rasgos del Mesías sufriente y el Mesías político.
        2.2 Se esfuerza por comprender la novedad del Mesías sufriente como criterio de vida.
        Bloque 3. Jesucristo, cumplimiento de la Historia de la Salvación
        La llamada de Jesús a colaborar con Él genera una comunidad.
        1. Descubrir la iniciativa de Cristo para formar una comunidad que origina la Iglesia.
        2. Conocer y apreciar la invitación de Jesús a colaborar en su misión.
        1.1 Localiza, selecciona y argumenta en textos evangélicos la llamada de Jesús.
        2.1 Lee de manera comprensiva un evangelio, identifica y describe la misión salvífica de Jesús.
        2.2 Busca e identifica personas que actualizan hoy la misión de Jesús y expone en grupo por qué continúan la misión de Jesús.
        Bloque 4. Permanencia de Jesucristo en la historia: la Iglesia
        La pertenencia a Cristo en la Iglesia ilumina todas las dimensiones del ser humano.
        La autoridad eclesial al servicio de la verdad.
        La misión del cristiano en el mundo: construir la civilización del amor.
        1. Descubrir y valorar que Cristo genera una forma nueva de usar la razón y la libertad, y de expresar la afectividad de la persona.
        2. Distinguir que la autoridad está al servicio de la verdad.
        3. Relacionar la misión del cristiano con la construcción del mundo.
        1.1 Elaborar juicios a partir de testimonios que ejemplifiquen una forma nueva de usar la razón y la libertad y de expresar la afectividad.
        1.2 Adquiere el hábito de reflexionar buscando el bien ante las elecciones que se le ofrecen.
        1.3 Es consciente de las diferentes formas de vivir la afectividad y prefiere la que reconoce como más humana.
        2.1 Identifica personas que son autoridad en su vida y explica cómo reconoce en ellas la verdad.
        2.2 Reconoce y valora en la Iglesia distintas figuras que son autoridad, por el servicio o por el testimonio.
        2.3 Localiza y justifica tres acontecimientos de la historia en los que la Iglesia ha defendido la verdad del ser humano.
        3.1 Investiga y debate sobre las iniciativas eclesiales de su entorno que colaboran en la construcción de la civilización del amor.

        Resolución de 13 de febrero de 2015, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la enseñanza de Religión Católica de Bachillerato.

         

        ANEXO
        Religión Católica de Bachillerato
        La educación, entendida como un proceso que pretende el pleno desarrollo de la personalidad del alumno, favorece la maduración del conjunto de sus dimensiones, ayudándole a formarse su identidad al tiempo que le introduce de manera activa en la sociedad.
        La dimensión religiosa, con su sentido globalizador, es una de las que más contribuye al logro de una auténtica maduración de la persona. El carácter integral de la educación reclama una concepción de la realidad, una cosmovisión, en la que se descubre el verdadero sentido de lo que uno es y de lo que hace.
        La etapa de Bachillerato supone, desde el punto de vista psicoevolutivo, la búsqueda de la autonomía, lo que conlleva un permanente contraste entre el presente y la tradición para afrontar el futuro. El alumno comienza a releer su historia a la luz de su propia experiencia, cuestionando el depósito transmitido de saberes, creencias y experiencias recibidas.
        La enseñanza de la religión católica ayuda a iluminar la historia personal y social, a respetar e interpretar el conjunto de valores y significados presentes en la realidad, ofreciendo claves de interpretación que dan sentido a lo que hacemos.
        El artículo 24 del Real Decreto 1105/2014, establece que el Bachillerato tiene la finalidad de proporcionar al alumnado formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que le permita desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. A dichos logros puede contribuir de manera satisfactoria la enseñanza de la religión, facilitando el desarrollo del juicio crítico, enseñando a observar y analizar la realidad con respeto, en claves de libertad, responsabilidad, verdad y apertura a la cuestión del sentido.
        El presente currículo toma en consideración el aprendizaje por competencias busca, desde la antropología cristiana, la consecución y dominio de las mismas. Dado que la competencia supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones y otros componentes sociales, se esfuerza por reflejar la aportación específica que esta enseñanza ofrece al proceso humanizador que conlleva la educación.
        La importancia que la asignatura de religión otorga a la inculturación de la fe, en los distintos contextos, es un hecho positivo que la convierte en un magnífico instrumento para la comunicación y el diálogo en un mundo cada vez más plural. A su vez, asume como punto de partida los objetivos que se fijan en la etapa para el desarrollo de las diversas capacidades.
        Conviene destacar en el haber de esta asignatura la ayuda a la promoción de los derechos humanos y al ejercicio de la verdadera ciudadanía, fomentando la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa. Se preocupa también de conseguir en los alumnos una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma, desde un espíritu crítico y constructivo.
        No menos importante es la ayuda que presta al alumno para conocer y valorar críticamente, desde una cosmovisión cristiana, las realidades del mundo contemporáneo y sus antecedentes históricos, destacando la labor de la Iglesia en todo el enriquecimiento cultural.
        Esta asignatura promueve también el desarrollo de la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, mostrando la belleza, la verdad y el bien como fuentes del enriquecimiento personal y cultural.
        Para el logro de estos objetivos, a través de los procesos de enseñanza-aprendizaje, el currículo de religión en Bachillerato propone la división de sus contenidos en cuatro bloques temáticos: antropología cristiana, doctrina social de la Iglesia, relación razón, fe y ciencia y, por último, la Iglesia como generadora de cultura a lo largo de la historia. De este modo, se pretende que el alumno disponga de los suficientes conocimientos, procedimientos y actitudes que le permitan dar respuesta, desde la cosmovisión cristiana, a los retos que le presenta el mundo contemporáneo.
        Los contenidos procedimentales de la materia de religión católica facilitan estrategias y procedimientos fundamentales para la comprensión del hecho cristiano. Estos contenidos se adquieren a lo largo del desarrollo curricular y colaboran, de manera eficaz, a la consecución de las competencias asignadas en el currículo de Bachillerato. Concretamente los contenidos procedimentales de religión católica desarrollarán especialmente las siguientes competencias: Comunicación lingüística, Aprender a aprender, Competencias sociales y cívicas y Conciencia y expresiones culturales.
        Entre los contenidos procedimentales básicos de la materia de religión católica encontramos los siguientes:
        Observación de la realidad. El hecho religioso nace de la apertura del ser humano a la realidad total. La asignatura de religión católica pretende colaborar en la formación de la dimensión natural que nace del asombro ante lo real y nos empuja a preguntas últimas sobre el sentido. Observar es más que ver y requiere de un entrenamiento en disposiciones específicas que no rehúyan las dimensiones espirituales de lo real.
        Búsqueda de información, manejo e interpretación de fuentes bíblicas. El estudio del cristianismo requiere el manejo de las Sagradas Escrituras y textos referidos a las mismas que forman parte del corpus teológico acumulado a lo largo de la historia.
        Reflexión crítica. El desarrollo de la materia ayuda a conocer la génesis de las ideas dominantes, a detectar prejuicios frente a la verdad, a examinar con profundidad las propias ideas y sentimientos fundamentales.
        Exposición y argumentación respetuosa de las creencias religiosas propias y ajenas. La asignatura de religión católica contribuye a la formación de competencias que permitan exponer y defender la racionalidad de las propias creencias religiosas y el respeto por las ajenas.
        Por último, hay que destacar que la asignatura contribuye a la consecución de contenidos de carácter actitudinal que son coherentes con los objetivos de cada etapa. Permite conocer y apreciar los valores y normas básicas de convivencia; desarrollar hábitos de trabajo, esfuerzo y responsabilidad en el estudio; la confianza en sí mismo para un desarrollo adecuado de la personalidad. También favorece de manera directa la adquisición de habilidades para la prevención y resolución pacífica de todo tipo de conflictos y el conocimiento, comprensión y respeto de las diferentes culturas. Por otra parte, favorece el respeto por la diversidad entre personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación.
        Estrategias de metodología didáctica
        La normativa educativa derivada de la LOMCE define metodología didáctica como: «conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.» (Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre).
        En este sentido, la asignatura de religión católica utilizará una metodología centrada en la persona, que respetará los siguientes principios:
        Reconocimiento del rol del docente. El docente es pieza clave en la elaboración de la planificación, la elaboración e implementación de actividades de aula ajustadas al grupo concreto que está enseñando, así como a la evaluación del proceso. Su formación y su responsabilidad en el acompañamiento del proceso de crecimiento del estudiante resulta, por lo tanto, fundamental a la hora de garantizar el éxito del proceso de aprendizaje.
        Adaptación al ámbito emocional y cognitivo de los estudiantes respetando el desarrollo psicoevolutivo propio de cada etapa. Esta atención, centrada en la persona, permite combinar de manera adecuada lo concreto y lo abstracto, el trabajo individual y el grupal, lo manipulativo, experiencial y visual con los aspectos conceptuales.
        Respeto por los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes. No todos los estudiantes son iguales, no todos aprenden a la misma velocidad ni utilizan las mismas estrategias. La atención a la diversidad y el desarrollo de la inclusión comienza en la asunción de este principio fundamental.
        Consideración de la dimensión humanista. Todos los aprendizajes están al servicio de la formación humana. La materia de religión, desde su clave personalizadora, requiere que todo tipo de aprendizajes, instrumentales, cognitivos, actitudinales, socio afectivos no sean considerados fin en sí mismo sino que estén al servicio de la formación integral del ser humano.
        Respeto por la curiosidad e inquietudes de los estudiantes. Consideración de los intereses y expectativas de los estudiantes así como de los conocimientos previos, de manera que se garantice un aprendizaje significativo.
        Seguimiento de los criterios de evaluación educativa. Para facilitar el cumplimiento de estos principios metodológicos se aplicará una evaluación continua, global y formativa a lo largo del proceso de enseñanza y aprendizaje; y sumativa al final del proceso, de manera que se evalúe el nivel de logro alcanzado. La evaluación objetiva garantiza una valoración adecuada de la dedicación, esfuerzo y rendimiento de todos los estudiantes.
        Desarrollo del aprendizaje en equipo y/o cooperativo. El estudio y reflexión del cristianismo, por su intrínseca dimensión comunitaria, es una materia adecuada para desarrollar el trabajo en equipo y el aprendizaje cooperativo.
        Utilización educativa de los recursos tecnológicos. La enseñanza de la religión promueve la utilización de la tecnología de la información y la comunicación no sólo de una manera instrumental, que resulte útil al estudiante en la búsqueda de información o en la resolución de problemas planteados en la clase, sino procurando su integración en la vida del sujeto y su uso ético. Las redes sociales o las herramientas de construcción y manipulación de imágenes, por ejemplo, son instrumentos que permiten nuevas formas de expresión de la cultura y la identidad personal que hay que aprender a dominar.
        Religión Católica
        1° curso
        Contenidos
        Criterios de evaluación
        Estándares de aprendizaje evaluables
        Bloque 1. Antropología cristiana
        El hombre, ser religioso que busca un sentido a la vida. Expresiones históricas del sentido religioso.
        El misterio de la persona humana. Fundamento de su dignidad.
        Diversas posturas ante el hecho religioso en la sociedad actual.
        1. Reconocer y respetar la necesidad de sentido en el hombre.
        2. Comparar manifestaciones históricas que permitan desvelar desde siempre el sentido religioso del ser humano.
        3. Dar razón de la raíz divina de la dignidad humana.
        4. Identificar y contrastar en el momento actual diversas respuestas de sentido.
        1.1 Reflexiona sobre acontecimientos mostrados en los medios de comunicación y emite juicios de valor sobre la necesidad de sentido.
        2.1 Identifica y diferencia la diversidad de respuestas salvíficas que muestran las religiones.
        3.1 Descubre, a partir de un visionado que muestre la injusticia, la incapacidad de la ley para fundamentar la dignidad humana. Compara con textos eclesiales que vinculan la dignidad del ser humano a su condición de creatura.
        3.2 Investiga, obtiene datos estadísticos y analiza sacando conclusiones, comportamientos de los jóvenes que defienden o atentan contra la dignidad del ser humano.
        4.1 Califica las respuestas de sentido que ofrece el ateísmo, agnosticismo o laicismo y las contrasta con la propuesta de salvación que ofrecen las religiones.
        Bloque 2. Doctrina social de la Iglesia
        Origen y evolución de la doctrina social de la Iglesia.
        Principios fundamentales de la doctrina social de la Iglesia.
        1. Conocer y valorar el contexto en que nace y la enseñanza de la doctrina social de la Iglesia.
        2. Identificar la dignidad humana como clave para una convivencia justa entre los hombres, diferenciándola de los reconocimientos que el Estado realiza a través de las leyes.
        3. Conocer y aplicar los principios fundamentales de la doctrina social de la Iglesia a diversos contextos.
        1.1 Identifica problemas sociales de finales del siglo XIX. Estudia su evolución hasta la actualidad y analiza las respuestas de la doctrina social de la Iglesia.
        2.1 Elabora una definición personal sobre los términos, legal, ético y moral. Explica públicamente las diferencias entre los términos con la ayuda de medios audiovisuales.
        3.1 Comprende y define con palabras personales el significado de bien común, destino universal de los bienes y subsidiariedad. Aplica a situaciones concretas dichos principios justificando el pensamiento social de la Iglesia.
        Bloque 3. Relación entre la razón, la ciencia y la fe
        Formas de conocimiento a lo largo de la historia con las que el ser humano descubre la realidad y la verdad.
        Recorrido histórico de las relaciones entre la ciencia y la fe.
        Vínculo indisoluble entre ciencia y ética.
        1. Conocer y distinguir los diferentes métodos utilizados por la persona para conocer la verdad.
        2. Conocer y aceptar con respeto los momentos históricos de conflicto entre la ciencia y la fe, sabiendo dar razones justificadas de la actuación de la Iglesia.
        3. Ser consciente de la necesidad de relación entre ciencia y ética para que exista verdadero progreso humano.
        1.1 Identifica, a través de fuentes, los diferentes métodos de conocer la verdad en la filosofía, la teología, la ciencia y la técnica. Distingue qué aspectos de la realidad permite conocer cada método.
        2.1 Reconoce con asombro y se esfuerza por comprender el origen divino del cosmos y distingue que no proviene del caos o el azar.
        2.2 Se informa con rigor y debate respetuosamente, sobre el caso de Galileo, Servet, etc. Escribe su opinión, justificando razonadamente las causas y consecuencias de dichos conflictos.
        3.1 Aprende, acepta y respeta que el criterio ético nace del reconocimiento de la dignidad humana.
        3.2 Analiza casos y debate de manera razonada las consecuencias que se derivan de un uso de la ciencia sin referencia ético.
        Bloque 4. La Iglesia generadora de cultura a lo largo de la historia
        Significado del término y dimensiones de la cultura.
        La vida monacal, fuente de cultura
        1. Conocer y comparar diferentes acepciones del término cultura.
        2. Ser consciente que la persona es generadora de cultura.
        3. Caer en la cuenta del cambio que el monacato introduce en la configuración del tiempo y el trabajo.
        1.1 Estudia, analiza y define el concepto de cultura en diferentes épocas y lo contrasta con el carácter antropológico de la enseñanza de la Iglesia.
        2.1 Identifica los elementos propios de diversas culturas y elabora un material audiovisual donde las compare críticamente.
        3.1 Conoce y respeta los rasgos de la vida monástica. Identifica su influencia en la organización social y la vida laboral.
        3.2 Valora el trabajo de los monjes por conservar el arte y la cultura grecolatina, elaborando un material audiovisual en el que se recoja la síntesis de su estudio.
        Religión Católica
        2.º curso
        Contenidos
        Criterios de evaluación
        Estándares de aprendizaje evaluables
        Bloque 1. Antropología cristiana
        La identidad del ser humano.
        El mundo actual y la cuestión bioética.
        1. Reconocer y apreciar el carácter sexuado de la persona y su importancia para construir su identidad.
        2. Comprender y respetar los principios fundamentales de la Iglesia respecto a la vida.
        1.1 Comprende y respeta el significado bíblico de la afirmación «hombre y mujer los creó".
        2.1 Conoce y explica los diferentes problemas bioéticos relacionados con el origen, el desarrollo y el final de la vida.
        2.2 Posee argumentos para defender o dar razones desde la posición cristiana ante situaciones reales o supuestas que se proponen en clase.
        Bloque 2. Doctrina Social de la Iglesia
        La persona, la vida, el trabajo, las relaciones internacionales y la economía a la luz de la doctrina eclesial.
        1. Reconocer y apreciar el cambio que la doctrina social de la Iglesia otorga a la persona y a la vida.
        2. Deducir las consecuencias que implica la doctrina social de la Iglesia en el trabajo, las relaciones internacionales y la economía.
        1.1 Descubre, valora y justifica el sentido humanizador que tiene el trabajo.
        2.1 Propone proyectos o soluciones que podrían llevarse a cabo en las políticas nacionales o internacionales para hacer el mundo más humano.
        Bloque 3. Relación entre la razón , la ciencia y la fe
        Aportaciones de los investigadores cristianos a la ciencia y a la técnica en el contexto actual.
        1. Reconocer el valor social de las aportaciones realizadas por investigadores cristianos.
        1.1 Selecciona, estudia y expone la biografía de un investigador cristiano resaltando sus aportaciones al ámbito de la ciencia y la técnica.
        Bloque 4. La Iglesia generadora de cultura a lo largo de la historia
        La acción evangelizadora de la Iglesia y la promoción de los derechos humanos.
        La expresión de la fe genera belleza a través del arte.
        1. Reconocer los esfuerzos que la Iglesia ha realizado a lo largo de los siglos para que se respete la dignidad del ser humano y sus derechos.
        2. Comprender que algunas creaciones culturales son la expresión de la fe.
        1.1 Nombra y explica situaciones históricas en las que la Iglesia defendió con radicalidad al hombre y justifica la elección realizada.
        2.1 Selecciona obras de arte, investiga sobre el autor y descubre su sentido religioso. Confecciona un material creativo que permita conocer a esos artistas.
          

No hay comentarios:

Publicar un comentario